Observatorio sobre desarme, comercio de armas, conflictos armados y cultura de paz
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¿Una victoria pírrica contra la industria corsaria del siglo XXI en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas?

Escrito por José L. Gómez del Prado el . Publicado en Indústria i comerç d'armes

Cuba ha liderado, durante estos últimos veinte años, en el seno de las Naciones Unidas la cuestión de los mercenarios y de las repercusiones de las actividades de las empresas privadas que ofertan en el mercado internacional servicios de asistencia, asesoría y seguridad militares sobre el disfrute de los derechos humanos y ha sido el principal patrocinador de las resoluciones de Naciones Unidas sobre este tema.

La posición de los países del Grupo Occidental, que continúan percibiendo las iniciativas cubanas como en la época de la guerra fría, ha sido inexorablemente un rechazo de las mociones presentadas por Cuba y un voto negativo en relación con la creación, mandato y recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre mercenarios.

Los Estados Miembros del Grupo Occidental, principalmente Estados Unidos de America y el Reino Unido donde radica aproximadamente el 70% de las empresas militares y de seguridad privadas (EMSP) han desacreditado las resoluciones presentadas por Cuba argumentando que esas empresas son entidades comerciales legítimamente registradas y que sus empleados no son mercenarios sino contratistas privados. Dichas empresas ejecutan contratos de gobiernos, principalmente de los Estados Unidos, de compañías multinacionales, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales facilitando, entre otras actividades, formación de personal, inteligencia y seguridad pasiva. Asimismo, los países occidentales consideran que el Consejo de Derechos Humanos no es el foro apropiado para debatir esos temas.   

Desde 2001, la utilización de contratistas privados en Irak y Afganistán y las violaciones de derechos humanos que han perpetrado ha suscitado una seria preocupación y generado un debate en el ámbito internacional respecto a las funciones que las empresas militares y de seguridad privadas deberían desempeñar, que normas se les deberían aplicar y como se deberían controlar sus actividades.

Para responder en parte a estas preocupaciones, los dos gobiernos donde están localizadas la mayoría de las EMSP, los Estados Unidos y el Reino Unido, conjuntamente con el gobierno suizo, el Comité Internacional de la Cruz Roja y las dos principales asociaciones de la industria de la seguridad, la International Peace Organization Association (IPOA) – para los Estados Unidos – y la British Association of Private Security Companies (BAPSC) – para el Reino Unido – lanzaron la Iniciativa Suiza que culminó en 2009 con la adopción del Documento de Montreux. Dicho documento reitera las normas del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos y presenta una serie de buenas prácticas a seguir de manera voluntaria sin obligación alguna por parte dichas empresas. Sin embargo, a menos que esos excelentes ejemplos sólo estén ahí para el escaparate, las buenas prácticas no se pueden dejar únicamente a la autorregulación: es necesario que se establezca un mecanismo de aplicación reglamentado y controlado por los gobiernos.

Dejadas sólo a su autorregulación las empresas militares y de seguridad privadas continúan sin aplicar las buenas prácticas y el Documento de Montreux parece más bien una operación de relaciones públicas. Las torturas cometidas en la cárcel iraquí de Abou Ghraib, las ejecuciones sumarias perpetradas en Nissour Square, Bagdad, así como la falta de procedimientos en el reclutamiento del ex soldado Danny Fitzsimons diagnosticado con desordenes de estrés post traumático en enero del 2004, mayo del 2008 y junio del 2009 pero contratado por ArmorGroup y enviado a Irak sin reconocimiento médico alguno y el asesinato de dos de sus colegas y las heridas a un tercero cometidos por él 36 horas después de su llegada deberían ser suficientes para demostrar la necesidad de reglamentar y controlar las actividades de soldados privados.

Precisamente por las consecuencias que las actividades de esas empresas militares y de seguridad tienen en el disfrute de los derechos humanos, el Grupo de Trabajo sobre mercenarios ha recomendado en sus informes de 2010 al Consejo de Derechos Humanos y a la Asamblea General de las Naciones Unidas la elaboración de un instrumento vinculante que regule y controle sus actividades en el ámbito nacional e internacional.

Por primera vez, este año, se presentó al Consejo de Derechos Humanos una resolución diferente en la que se disocian las actividades de las empresas militares y de seguridad privadas del tradicional texto sobre mercenarios. El principal copatrocinador de dicha resolución ha sido el gobierno de Sudáfrica, un país que se ha visto obligado a repatriar los cadáveres de 40 ciudadanos sudafricanos contratados por empresas militares y de seguridad privadas para trabajar en Irak.  

Dicha resolución prevé la creación de un grupo intergubernamental de composición abierta con el mandato de elaborar un instrumento legal vinculante para reglamentar y controlar las consecuencias de las actividades militares y de seguridad privadas en el disfrute de los derechos humanos, sobre la base de los principios, elementos principales y el texto del proyecto de una posible convención propuestos por el Grupo de Trabajo sobre la utilización de mercenarios.     

La resolución fu adoptada, el 1 de octubre, por 32 votos a favor, 12 en contra y 3 abstenciones. El voto negativo de las delegaciones del Grupo Occidental (salvo las abstenciones de Noruega y Suiza) muestra que los intereses de la nueva industria en expansión de la seguridad – se estiman a más de 100 mil millones de dólares los ingresos anuales - han estado bien defendidos, como lo fueron en otras numerosas ocasiones. A este efecto, cabe mencionar que la consulta regional para los Estados Occidentales que debía celebrarse en Madrid en octubre del 2010 tuvo que ser anulada por falta de interés de los gobiernos occidentales en participar en dicha consulta.

El voto negativo de los Estados Occidentales (entre los que se incluye el de España, miembro del Consejo de Derechos Humanos), a pesar de las modificaciones hechas por los patrocinadores de la resolución para conseguir un consenso, indica la firme voluntad por parte de los Estados en donde radica la nueva  industria corsaria del siglo XXI de estar ausentes desde el principio de un debate de fondo sobre todas las cuestiones que plantean las actividades de las empresas militares y de seguridad privadas, como la privatización de la guerra. Sin la participación del Reino Unido y de los Estados Unidos, los principales exportadores de las actividades de las EMSP así como de otros Estados Occidentales en donde la nueva industria continua creciendo, la resolución adoptada en el Consejo de Derechos Humanos presenta el aspecto de una victoria pírrica a menos que…la sociedad civil y la opinión pública de los países occidentales ejerzan la suficiente presión sobre sus respectivos gobiernos.

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