Observatorio sobre desarme, comercio de armas, conflictos armados y cultura de paz
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Comercio de Armas: un proyecto de ley con pocas novedades

Escrito por Centre Delàs el . Publicado en Indústria i comerç d'armes

La nueva ley continúa dejando en manos de la misma Junta Interministerial (compuesta por representantes de los departamentos de Industria, Exteriores, Defensa, Economía e Interior) la concesión de licencias a la exportación. Las actas de dicha Junta son secretas y sus informes no solamente son preceptivos sino también vinculantes.
Centre Delàs, Materiales de Trabajo, núm.30 (Enero 2007)


A instancias de un acuerdo unánime del Congreso de los Diputados del 13 de diciembre de 2005, el 2 de enero de 2007 el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley sobre el Control del Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso. Este proyecto se encuentra ahora pendiente de aprobación por parte del Parlamento.

Es decepcionante que para la elaboración de este futuro instrumento jurídico sólo se haya consultado la opinión de la industria armamentística y no se haya tenido en cuenta las proposiciones de ONG como Amnistía Internacional, Greenpeace e Intermon Oxfam, que lideran una campaña mundial para la transparencia en el comercio de armas.

El acuerdo parlamentario de 2005 reclamaba garantías de que el procedimiento de autorización de exportación de material de defensa y doble uso se basara en la aplicación estricta y en una interpretación rigurosa de los ocho criterios del Código de Conducta Europeo aprobado en junio 1998. Dicho Código señala que la autorización o denegación de exportaciones tendrá en consideración la existencia de indicios racionales de que el material exportado pueda ser empleado en acciones que perturben la paz, la estabilidad o la seguridad dentro de un ámbito estatal, regional o mundial, que puedan provocar un aumento de las tensiones o conflictos latentes, que puedan ser utilizados para vulnerar los derechos humanos o con fines represivos, que puedan impedir el desarrollo humano y económico del país, etc. Cuando existan indicios de este tipo, se denegará la autorización a la exportación.

Se valora positivamente que el nuevo proyecto de ley incluya los criterios del Código de Conducta de la UE, pero el redactado de ley deja una puerta abierta para que estos criterios no sean de obligado cumplimiento. Afirma que estos criterios no han de ser factores determinantes, pues han de ponderarse con otros criterios como “los intereses generales de la defensa nacional y de la política exterior del Estado”.

Otra novedad positiva de este proyecto es que se amplia el control de las exportaciones de armas a un nuevo producto, las armas de caza y tiro deportivo y sus componentes y municiones, ya que también pueden causar graves lesiones cuando se utilizan contra las personas.

Por otra parte, en materia de transparencia informativa no parece que se produzcan avances. El proyecto de ley consolida la obligación del Gobierno de enviar un informe semestral de las exportaciones de armas al Congreso y la comparecencia anual del secretario de Estado de Comercio ante la Comisión de Defensa del Parlamento. Respecto al tipo de información que tienen que aportar estos informes, tampoco parece que se produzcan avances. El proyecto señala que el informe ha de contener el valor de las exportaciones por país de destino y categoría de producto, las denegaciones a la exportación efectuadas y los cambios legislativos. La misma información que se remite actualmente al Parlamento. Todo parece indicar que en un futuro inmediato los nuevos informes no aportarán más información o detalle de los que actualmente tenemos.

Todo apunta a que no tendremos acceso a conocer qué armas han sido exportadas a cada país. Los informes actuales sólo aportan la cuantía económica por país y no el tipo de producto ni el número de armas exportados, con lo cual no podemos verificar el grado de cumplimiento del Código de Conducta. Pero lo que es más importante es que el proyecto de ley no contempla la posibilidad de informar con antelación sobre las autorizaciones a la exportación y mucho menos contempla que todas o algunas exportaciones, como las de mayor cuantía o las que podrían violar el Código de Conducta, requieran la autorización del Parlamento.

La nueva ley continúa dejando en manos de la misma Junta Interministerial (compuesta por representantes de los departamentos de Industria, Exteriores, Defensa, Economía e Interior) la concesión de licencias a la exportación. Las actas de dicha Junta son secretas y sus informes no solamente son preceptivos sino también vinculantes.

En definitiva un proyecto de ley con muy pocas novedades.

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